El 24 de junio de 2016, un día antes de la inauguración de la vía a Taisha, El Ministerio de Ambiente sorprendió con la imposición de una multa de $1.608.746,40 dólares a la prefectura por supuesto daño ambiental durante la construcción del proyecto vial Evenezer - Macuma - Taisha amparándose en el artículo 78, inciso segundo, de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre.
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Tras la imposición de esta multa, según el Art. 37 de la Ley Ambiental y el Art. 31, numeral 32 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, la acción Coactiva en contra de la Prefectura debía ser llevado a cabo por el MAE; más no por la Contraloría General del Estado como se lo venía realizando, por lo cual el GADPMS, presentó ante la justicia ordinaria una Acción de Protección, argumentando que las acciones de la CGE atentan contra la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso; instancia que falló a favor de la Prefectura, demostrando una vez más la falta al debido proceso y la persecución política en contra de la prefectura por parte de estos organismos.
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