La siguiente, es una publicación remitida el pasado 15 de este mes, al correo contacto@radiolimon,net de Radio Limón, por parte de la Fiscalía de MS en la cual, manifiesta que la apelación (para salir en libertad) interpuesta por tres sujetos acusados de cruento crimen que conmocionó a la ciudadanía la noche del 30 de Abril del 2022 ha sido negada, manteniéndose los 28 años de prisión que los acusados recibieron en primera instancia, a más de la reparación a la familia de la víctima.
Un miembro de la familia del señor Jara, manifestó su inconformidad ante la sentencia ya que, el que ellos consideran ser autor intelectual, quedó en libertad. Es una persona radicada en Méndez.
La familia de la víctima, realizó plantones tanto en Macas como Limón exigiendo justicia
Este caso, estaría asociado a otro en el cual, el nieto de un ciudadano de Méndez, se contactó a Radio Limón antes que ocurra el crimen en Limón, indicando que su abuelo había sido asaltado en La Virgen por sujetos que sabían que se dedicaba también a la compra venta de oro y la ruta que tenía, en donde lo esperaron, La camioneta fue encontrada al día siguiente en lugar distante, el abuelo, no sufrió atentado contra su integridad.
Vehículo usados por los acusados abandonados en Méndez, a pocos kilómetros de la escena del crimen
Aquí, el comunicado de difusión que nos pide fiscalía:
𝗦𝗲 𝗿𝗮𝘁𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗿𝗼𝗯𝗼 𝘆 𝗺𝘂𝗲𝗿𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝗰𝗼𝗺𝗲𝗿𝗰𝗶𝗮𝗻𝘁𝗲
𝗠𝗼𝗿𝗼𝗻𝗮 (#𝗠𝗼𝗿𝗼𝗻𝗮𝗦𝗮𝗻𝘁𝗶𝗮𝗴𝗼), 𝟭𝟱 𝗱𝗲 𝗮𝗴𝗼𝘀𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟰.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia rechazó el recurso de apelación interpuesto por Víctor Hugo M., Ramón Bolívar M. y José Alejandro H., por lo que ratificó la #sentencia de veintiocho años con cuatro meses de privación de libertad, por su coautoría en el #robo con resultado de muerte de un comerciante de 56 años.
En la #sentencia también se ordena a los sentenciados la #reparación integral a los familiares de la víctima y el pago de la multa respectiva.
Durante la audiencia de #apelación, Fiscalía enumeró los elementos probatorios con los que se demostró la responsabilidad de los tres sentenciados, entre estos el testimonio del nieto de la víctima, quien se encontraba con él y presenció los #hechos que ocurrieron la tarde del 30 de abril de 2022.
El #comerciante y su nieto (15 años) salieron de un local de compra y venta de #oro (de propiedad de la víctima), ubicado en el cantón Santiago de Méndez, y abordaron una furgoneta para trasladarse a otro sitio.
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Víctor Hugo M., Ramón Bolívar M., José Alejandro H. y otras seis personas habían planificado el #asalto y los persiguieron en tres vehículos. Al llegar a un sector del cantón Limón Indanza chocaron en varias ocasiones a la #furgoneta y realizaron varios disparos con el propósito de que el comerciante detenga el vehículo.
Los #proyectiles reventaron las llantas, por lo que el vehículo se detuvo. En ese momento los asaltantes obligaron a la víctima a bajarse de la #furgoneta y le increparon para que entregue el oro.
El comerciante fue agredido físicamente y sin darle tiempo para que entregue los #objetos de valor, uno de los implicados le propinó tres disparos que terminaron con su vida. En ese momento los asaltantes sustrajeron 1.400 gramos de #oro y 10.000 dólares en efectivo.
El nieto de la víctima pidió auxilio al #ECU 911 y, minutos más tarde, la Policía capturó a tres de los implicados, cuando se encontraban dentro de uno de los #vehículos que fue utilizado para cometer el robo.
Estos hechos también fueron demostrados con: los testimonios de una #persona que presenció el hecho, de los peritos que realizaron la autopsia médico-legal, la inspección ocular técnica, el reconocimiento del lugar de los #hechos y levantamiento de evidencias. A ello se sumó la pericia de audio y video y correlación de #llamadas telefónicas realizados a los teléfonos de los hoy sentenciados.
Uno de los sujetos implicados en este hecho y que fue capturado en Gualaquiza
𝗜𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗷𝘂𝗿𝗶́𝗱𝗶𝗰𝗮
El artículo 189 del #Código Orgánico Integral Penal señala que si a consecuencia del robo se ocasiona la #muerte, la pena privativa de libertad será de veintidós a veintiséis años. La pena se incrementó por la aplicación de la #circunstancia agravante de la infracción, tipificada en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal.
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